¿Qué es la cédula de habitabilidad?
Se trata de un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad previstas por la normativa vigente. Y ello supone que es apta para ser destinada a residencia de personas, sin perjuicio de que se desarrollen otras actividades autorizadas.
Tipos de cédula de habitabilidad:
- De primera ocupación: para viviendas de nueva construcción u obra nueva.
- De primera ocupación de rehabilitación: cuando se otorga a viviendas resultado de una intervención o proceso de rehabilitación o de gran rehabilitación.
- De segunda ocupación: para viviendas usadas o preexistentes.
Contenido de la cédula de habitabilidad:
- Dirección y ubicación de la vivienda.
- Superficie útil de la vivienda y de las habitaciones.
- Estancias y espacios que componen la vivienda.
- Umbral máximo de ocupación.
- Identificación y titulación de la persona técnica que certifica la habitabilidad.
La cédula de habitabilidad no incluye el nombre de la persona/s propietaria/s de la vivienda. Pues se trata de un documento que acredita las condiciones objetivas de habitabilidad de una vivienda, con independencia de sus titulares o ocupantes. Para conocer el nombre de los propietarios de la vivienda habrá que acudir al Registro de la Propiedad de la localidad donde se sitúe la finca.
Obligatoriedad de la cédula de habitabilidad
La cédula de es necesaria para:
- Transmitir una vivienda por venta, alquiler o cesión de uso, en primera transmisión o en posteriores (salvo exoneraciones previstas por la normativa vigente).
- Darse de alta en los suministros de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.
Caducidad de la cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad caduca a los 15 años.
Tramitación de la cédula de habitabilidad
Para obtenerla hay que acudir a un arquitecto o arquitecto técnico, y solicitarle un Certificado de Habitabilidad visado por su Colegio profesional. Éste realizará una inspección visual al inmueble y comprobará si cumple o no con la normativa actual.
Una vez se disponga del Certificado, se entregará a la administración correspondiente de la Comunidad Autónoma junto con el resto de documentación necesaria.
La respuesta a este trámite no suele demorarse más de un mes, aunque depende de cada Comunidad Autónoma.
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